COBERTURAS COMO:
Se indemnizará al asegurado cuando deba a un tercero como consecuencia de la responsabilidad civil extracontractual en que incurra en el ejercicio de las siguientes actividades relacionadas con:
- Ascensores y montacargas.
- Construcción o refacción de edificios, excavaciones, demoliciones, instalaciones y montajes.
- Explotación de tintorerías.
- Explotación de estaciones de servicio, talleres mecánicos y locales de lavado.
- RC Comprensiva.
- Explotación de garajes, playas de estacionamiento y locales de compra-venta de vehículos.
- Carteles y/o letreros y/u objetos afines.
- Vida Privada.
COMUNÍQUESE CON UN ASESOR